Resolución 000110 de 2021
- administrativo
- 24 nov 2021
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El pasado 11 de octubre se sancionó la le resolución 000110 de 2021, en la cual se introdujo novedades en relación con el trámite del RUT para personas naturales y jurídicas comerciantes. La inscripción podrá realizarse directamente en la plataforma del Rues y dichas modificación es tendrán efecto a partir de abril de 2022 y derogará la resolución 000052 de junio de 2016, con el propósito de modificar el procedimiento de la inscripción en el RUT por parte de las personas naturales y jurídicas comerciantes.
Así, cuando una persona requiera inscribirse en el RUT para desarrollar alguna actividad que la catalogue como comerciante, podrá efectuar dicho proceso a través de la plataforma del registro único empresarial –Rues– administrada por las cámaras de comercio. Anteriormente, se solicitaba que primero se pre-diligenciara el RUT en la plataforma de la Dian y luego se llevara a la cámara de comercio para la inscripción en el registro mercantil, en donde se formalizaba este proceso.
Con la actual norma se modificó este trámite para dar cumplimiento a los artículos 146 y 147 del decreto de la ley anti-trámite y así facilitar el proceso que deben realizar las personas naturales y jurídicas que requieren el RUT y a su vez el respectivo registro mercantil. De esta manera, será la cámara de comercio la que deberá construir un archivo con la información de identificación que conforma el RUT y solicitar a la Dian la formalización de la inscripción y la asignación del NIT por medio del servicio de interoperabilidad establecido para tal efecto y previa autenticación del uso del servicio.
Lea y descargue aquí la resolución completa:
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